Herramienta

¿Este transporte necesita DeCA?

Un transporte necesita DeCA cuando es transporte público de mercancías por carretera, interior o de cabotaje en España, y no encaja en ninguna exención del artículo 2 de la Orden FOM/2861/2012. No lo necesitan el transporte privado, el internacional (que usa los documentos de los convenios, como el CMR), las mudanzas, la paquetería de pocos bultos, el traslado de vehículos averiados en vehículo especial ni los transportes que no requieren autorización, como los de vehículos de hasta 2 toneladas.

  • Orden FOM/2861/2012
  • Exenciones del artículo 2
  • Cabotaje
  • MMA

Comprobad vuestro transporte

Responded en orden. En cuanto una respuesta decide el resultado, las preguntas siguientes se desactivan.

01 ¿Qué régimen tiene el transporte?
02 ¿Dónde empieza y termina?
03 ¿Qué masa máxima autorizada tiene el vehículo?

Resultado

Indicad si el transporte es público o privado.

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Método

Cómo calcula la herramienta

El comprobador aplica las reglas en este orden y se detiene en la primera que decide. Cada fila indica la norma y el artículo; el resultado de la herramienta repite esa cita.

Reglas aplicadas y artículo que las sostiene
SupuestoResultadoArtículo
Transporte privado particular (necesidades personales o domésticas)No necesita DeCAOrden FOM/2861/2012, art. 1 (solo transporte público); LOTT, art. 101
Transporte privado complementario que cumple todas las condiciones legalesNo necesita DeCA; lleva a bordo la documentación que acredita esas condicionesOrden FOM/2861/2012, art. 1; LOTT, art. 102.2 y 102.3
Transporte «privado» que no cumple alguna de esas condicionesSe trata como transporte público y se siguen comprobando las demás reglasLOTT, art. 102.3
Transporte internacional (origen o destino fuera de España)No necesita DeCA: se usan los documentos de control de los conveniosROTT, art. 222.1
Vehículo de hasta 2 t de MMA, o N1 de combustible alternativo de hasta 2,5 t sin más carga útilNo necesita DeCA: no requiere autorizaciónOrden FOM/2861/2012, art. 2.1.a; ROTT, art. 33.2.d
MudanzaNo necesita DeCAOrden FOM/2861/2012, art. 2.1.b
Vehículos accidentados o averiados transportados en vehículos especialesNo necesita DeCAOrden FOM/2861/2012, art. 2.1.c
Paquetería y reparto de pocos bultos que una persona maneja solaNo necesita DeCAOrden FOM/2861/2012, art. 2.1.d
Otros transportes sin autorización: hasta 40 km/h, máquinas fijas, menos de 3 ruedas, recintos cerrados, basuras domésticas, fondos y valores, ayudas urgentes, clases prácticas, vehículos históricosNo necesita DeCAOrden FOM/2861/2012, art. 2.1.a; ROTT, art. 33.2
Transporte público interior o cabotaje en España que no encaja en lo anteriorNecesita DeCA en cada envíoOrden FOM/2861/2012, art. 1; ROTT, art. 222.1

Qué supone

  • Se trata de transporte de mercancías por carretera; el transporte de viajeros tiene su propia hoja de ruta.
  • «Interior» es un transporte con origen y destino en España, y «cabotaje», un transporte nacional que hace temporalmente en España un transportista de otro Estado de la Unión.
  • La masa máxima autorizada (MMA) es la que figura en la documentación del vehículo, no el peso real de la carga.
  • Para la paquetería se supone que los bultos los maneja una persona sola, sin más ayuda que las herramientas del vehículo.

Qué no resuelve

  • No decide si un transporte privado cumple de verdad las condiciones del artículo 102.2 de la LOTT: eso depende de la mercancía, los vehículos y la facturación de cada empresa.
  • En los recintos cerrados, la administración puede exigir autorización en una zona concreta por resolución motivada; si es vuestro caso, la exención no se aplica.
  • No sustituye a la lectura de la norma vigente ni a la consulta con la administración de transportes o con un asesor ante un caso dudoso.
  • No valora otros documentos que puede exigir el mismo viaje, como la carta de porte, el documento ADR o el de traslado de residuos.

Preguntas frecuentes

Casos que suelen generar dudas

¿La carta de porte puede servir de documento de control?

Sí, si contiene todos los datos del artículo 6 de la Orden FOM/2861/2012. Lo dice el artículo 2.2: una carta de porte u otra documentación ajustada a la legislación nacional, europea o internacional sirve como documento de control. Desde el 5 de octubre de 2026 ese documento tiene que ser electrónico.

¿Un cabotaje en España necesita DeCA?

Sí. La Resolución de 5 de junio de 2026 de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril explica que las operaciones de cabotaje en territorio español están incluidas en la obligación, porque son transportes interiores. El tramo internacional previo, en cambio, usa los documentos de los convenios.

Mi furgoneta pesa 3,5 toneladas: ¿necesito DeCA?

Depende de lo demás. Con más de 2 toneladas de MMA el transporte público necesita autorización y, por tanto, no entra en la exención del artículo 2.1.a. Si es un transporte público interior que no encaja en otra exención (mudanza, paquetería ligera…), necesita DeCA.

¿Seguís rellenando el documento de control a mano?

SIDODI emite el DeCA, la carta de porte y el eCMR desde el mismo viaje, con los datos de cada obligado en su sitio. Si os interesa, en una demo se ve con un envío parecido a los vuestros.

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